¿Cuánto dinero me puedo desgravar por donar a una ONG?

Además de una gran satisfacción, tus donaciones te producen un ahorro; por eso te queremos ayudar para que conozcan cuánto te puedes desgravar por donar a una ONG en la declaración de la renta
Además de una gran satisfacción, tus donaciones te producen un ahorro; por eso te queremos ayudar para que conozcan cuánto te puedes desgravar por donar a una ONG en la declaración de la renta
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No hay duda de que realizar tu donación es algo que te aportará una gran satisfacción personal, ya que con ella estás contribuyendo a mejorar la calidad de vida de aquellos que tanto lo necesitan y también a lograr la realización de proyectos como la integración de los desplazados procedentes de Ucrania, las campañas para la compra de leña (y comida) o colaboraciones como la que llevamos a cabo con el centro Dim Tey, entre otras.

Como ya sabes, hacer tu aportación, ayudando de ese modo al cambio y a la mejora social, no podría ser más sencillo. Si todavía no lo has hecho, puedes ver los pasos a seguir para realizar tu donación a nuestra ONG

Además, ¿sabías que se puede desgravar por donar a una ONG? Pues de eso precisamente es de lo que queremos hablarte en los próximos párrafos. Lo que buscamos con esto es que no te quede ninguna duda al respecto (al menos, eso intentaremos. Si no lo conseguimos, no dudes en decírnoslo para que podamos ampliar la información).

Para tu total seguridad y comodidad a la hora de hacer tus aportaciones, debes saber que nosotros, al igual que las demás ONG, rendimos cuentas al Estado, por lo que pueden hacer un seguimiento de absolutamente todas las contribuciones realizadas.

¿Qué es exactamente la desgravación?

Cuando hablamos de desgravación nos referimos a que un contribuyente tiene la posibilidad de deducir ciertos gastos al calcular la base imponible de un impuesto. Esto, evidentemente, está regulado tanto por la Ley General Tributaria como por la ley específica de cada impuesto.

¿Cómo desgravar estas donaciones?

Como seguro que ya sabes, al presentar la declaración de la renta, los contribuyentes rinden cuentas a la Agencia Tributaria, y dentro de esta es preciso pagar el IRPF correspondiente que va en función de los ingresos.

Claro, lo que siempre se busca es que este resultado nos sea lo más favorable posible. Pues bien, al completar el borrador puedes aplicarte diferentes gastos y deducciones, entre los que están las donaciones a Organizaciones No Gubernamentales (ONG) como la nuestra.

Además, este importe que te puedes desgravar es incluso mayor desde la Campaña de la Renta de 2020, en la que hubo ciertos cambios como el aumento de la cantidad (nada menos que cinco puntos más que en el ejercicio anterior) que se puede deducir por aportaciones a ONG.

¿Cómo calcular las desgravaciones por donaciones a una ONG?

A continuación, veremos cómo calcular las desgravaciones por tus donaciones a Organizaciones No Gubernamentales. Estos son algunos datos que también es preciso que conozcas:

  • Si has donado a una misma ONG durante los dos años anteriores, la cantidad que te desgraves puede ser incluso mayor.
  • Esto no aplica ni al País Vasco ni a Navarra, donde la deducción es del 20% y 25%.
  • Estas deducciones tienen un límite de base liquidable del 10%.
  • Cuando se trata de socios de la ONG, esta será tu desgravación total si llevas colaborando durante un año (12 cuotas). Si tu tiempo como socio es inferior a esos 12 meses, la desgravación será proporcional a los meses en los que hayas colaborado durante el año fiscal en cuestión.

Donaciones de particulares

Hasta 150 euros:

  • Te puedes desgravar hasta un 80% de todas tus donaciones.

Más de 150 euros.

  • Deduces el 80% de los primeros 150 euros donados.

De la cantidad que sobrepasa los 150 euros puedes deducirte:

  • El 40% si en dos anteriores ejercicios has donado una cantidad igual o superior a la de este.
  • El 35% para los demás casos.

Donaciones de empresas

Si eres una empresa, podrás desgravarte el 40% en la declaración en el caso de que hayas donado en los dos ejercicios anteriores y un 35% si llevas menos de dos años colaborando con esa misma ONG.

Vamos a ver un ejemplo para que quede un poco más claro:

  • Si donaste 400 euros a Ven con Nosotros en el año anterior, te desgravarías 160 euros en el caso de haber donado a esta ONG los dos años anteriores.
  • Desgravarás 140 si es el primer o segundo año en el que donas a Ven con Nosotros.

Tipos de deducciones dentro de las donaciones a ONG

En España hay dos tipos de deducciones en las deducciones a las ONG (o sea, las entidades e instituciones que reciben aportes y son dignas de mecenazgo, independientemente de que sea una persona física o jurídica).

  • Actividades prioritarias de mecenazgo: se trata de las entidades dedicadas a actividades para el desarrollo humano sostenible en regiones de extrema pobreza o que luchan contra la violencia y la pobreza.
  • Entidades beneficiarias de mecenazgo: las asociaciones o fundaciones de utilidad pública en general.

¿Qué datos deben aparecer en el certificado fiscal de donaciones?

En cumplimiento del artículo 24 de la ley 49/2022 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, el certificado fiscal de donaciones tiene que incluir, como mínimo, la siguiente información:

  • Si no se trata de donativos en dinero: documento público u otro documento auténtico en el que se acredite la entrega del bien donado.
  • Si se trata de donativos en dinero: fecha e importe del donativo realizado.
  • En qué utilizará el donativo la ONG: el destino que la entidad donataria (en este caso, nosotros) dará a lo que se ha donado en el cumplimiento de su finalidad específica.
  • Datos del donante y de la ONG: el NIF y datos personales de identificación tanto de del donante como de la entidad donataria.
  • La mención expresa de que se trata de una donación con carácter irrevocable y sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que se encargan de regular la revocación de las donaciones.
  • La confirmación de que se trata de una donación deducible: mención expresa de que la entidad donataria está incluida entre las reguladas por en el artículo 16 de la ley 49/2002 (entidades beneficiarias del mecenazgo).

¿Cómo conseguir el certificado fiscal de donaciones?

Una de las preocupaciones más frecuentes es cómo conseguir el certificado fiscal de donaciones que se necesita para que tu aportación conste en tu declaración. Pues bien, con nosotros no tendrás que estar pendiente de eso, ya que te lo haremos llegar por correo electrónico.

Eso sí, para que podamos hacerlo, es preciso que previamente nos hayas facilitado toda tu información.

Comprobar si ya contamos con todo lo necesario para que recibas tu certificado fiscal de donaciones (o sea, nombre y apellidos, dirección completa y DNI/NIE) también es muy sencillo. Basta con que entres en la pestaña mi cuenta / Dirección / Mi dirección de facturación y añadas todos estos datos si ves que todavía falta alguno de ellos.

¿De qué forma le hacemos llegar esa información a la Agencia Tributaria?

El que estén todos los datos requeridos es muy importante, ya que con ellos nuestra junta directiva declara todas las donaciones recibidas a la Agencia Tributaria para que de ese modo aparezcan directamente en tu borrador de la renta.

Y es que nosotros, como entidad donataria que somos, debemos remitir a Hacienda la información pertinente de las donaciones recibidas a través del modelo de certificado de donaciones y también de otros documentos como la declaración informativa, el modelo 182, donativos, donaciones y aportaciones recibidas.

Uno de los documentos más importantes es el modelo 182. En él se recoge una declaración informativa en la que se crea un listado de las donaciones, donativos y aportaciones que tengan derecho a una reducción en el IRPF o Impuesto sobre sociedades.

Tus donaciones a Ven con Nosotros: ¿Cómo aparecen en la desgravación del IRPF?

Cuando consultes el borrador de tu declaración de la renta para personas físicas, revisa la casilla 723 del anexo A.2 en el que estarán reflejadas tus deducciones por tus aportaciones a ONG o fundaciones.

Para que todo esté correcto, en la casilla debe aparecer la cantidad a desgravarte por la suma de todo lo que hayas donado a ONG y fundaciones durante el año de la declaración que has presentado.

No aparecen mis deducciones o no tengo mi certificado: ¿Qué hago?

Si ha llegado la fecha establecida y no te hemos mandado el certificado fiscal de donaciones, puede ser que algo fuera incorrecto y por eso no te lo hayamos podido hacer llegar. Las posibilidades pueden ser varias, pero las más frecuentes son la falta de DNI o no identificarse cuando la donación se ha realizado por Bizum.

Puedes escribirnos para darnos los detalles de tu caso rellenando el formulario: Solicitar certificado fiscal de donaciones 

Es importante que nos des todos los datos pertinentes

Por favor, procura tener al día toda la información necesaria en la pestaña «Mi cuenta» de esta web para que te declaremos como donante de esta asociación, ya que si no tendríamos que afrontar una sanción de la Agencia Tributaria de al menos 160 euros (150 por presentar la liquidación fuera de plazo y los otros 10 por cada una de las anotaciones pendientes).

Si esto pasara, no nos quedaría más remedio que solicitarte el abono del Certificado fiscal de donaciones fuera de plazo. Pero no te preocupes, porque solo tienes que tener todos tus datos para que nada de esto suceda.

Además, estar pendiente de facilitarnos esa información es algo que solamente tendrás que hacer una vez, pues en los siguientes años te declararemos directamente como donante de la asociación sin que tengas que hacer ningún tipo de abono especial.

Recuerda que se trata de un abono único (25 euros, como ahora te explicaremos) y solo tendrás que realizarlo si no nos has facilitado la información requerida.

¿Qué es el certificado fiscal de donaciones fuera de plazo?

Te hemos dicho que en el caso de que no estuvieran completos tus datos (antes del 31 de diciembre del año en el que han sido realizadas estas donaciones) la Agencia Tributaria nos aplicara una sanción y, por lo tanto, tendríamos que pedirte que abonaras el Certificado fiscal de donaciones fuera de plazo, pero, ¿qué es exactamente? Pues bien, este implica que, si sucede lo que hemos expuesto anteriormente, deberás abonar 25 euros.

Y no es que te queramos cobrar ninguna clase de recargo asociado a la gestión de la emisión de este documento, pero creemos que los fondos de la asociación no tienen que hacerse cargo de la sanción económica que acarrea emitir este certificado fuera de plazo.

Como habrás visto, no hay más que tener tus datos correctamente cumplimentados para que no haya ningún problema a la hora de que tu aportación se vea reflejada en el borrador de tu declaración de la renta. Nosotros nos encargamos de lo demás.

Tal y como te hemos dicho al principio, hemos intentando abarcar todas las posibles dudas que puedan surgir acerca de esto. No obstante, puedes consultarnos cualquier cuestión que no te haya quedado clara. Estaremos encantados de responderte y aprovechamos para agradecerte, una vez más, tu valiosa contribución para lograr que el mundo sea, al menos, un poco mejor.

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